Adjudicación de Plazas de Personal Laboral Fijo del Ministerio del Interior OEP 2021-2022
Publicado: 13/01/2026 | Fuente: Ministerio del Interior
Resolución y contexto del proceso selectivo
La Subsecretaría del Ministerio del Interior ha publicado una resolución por la que se aprueba la adjudicación de plazas a las personas que han superado el proceso selectivo de ingreso como personal laboral fijo, tanto por acceso libre como por promoción interna. Este proceso se enmarca en la convocatoria realizada mediante Resolución de 18 de julio de 2024, publicada en el BOE el 24 de julio del mismo año, y se rige por lo dispuesto en el IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado. La resolución afecta a distintos grupos profesionales, entre ellos M3, M2, M1, E2 y E1, y contempla una amplia variedad de especialidades vinculadas a ámbitos técnicos, sanitarios, sociales y de gestión.
El procedimiento se ha desarrollado conforme a las bases establecidas en la convocatoria, con la constitución de los tribunales calificadores y la publicación previa de las relaciones definitivas de personas aspirantes que superaron el proceso selectivo. Tras la finalización del plazo de presentación de la documentación acreditativa de requisitos, la Subsecretaría ha procedido a dictar la resolución definitiva de adjudicación de plazas, garantizando los principios de mérito, capacidad y publicidad.
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Grupos profesionales y especialidades adjudicadas
La resolución aprueba la adjudicación de plazas en diversos grupos profesionales y especialidades. En el caso del grupo M3, se incluyen Psicología, Ciencias de la Información, Química, Bioquímica, Pedagogía y Comunicación Audiovisual. Asimismo, se adjudican plazas en los grupos M2 Enfermería y M1 con especialidades como Trabajo Social, Mantenimiento de instalaciones térmicas y de fluidos o Dirección de Cocina. En los grupos E2 y E1 se contemplan, entre otras, especialidades relacionadas con cuidados auxiliares de enfermería, cocina y gastronomía, traslado y movilización de usuarios y actividades domésticas y de limpieza en edificios.
La adjudicación se realiza siguiendo el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo y se recoge de forma detallada en los anexos de las resoluciones publicadas. Estas adjudicaciones suponen un paso decisivo para la incorporación de nuevo personal laboral fijo al Ministerio del Interior, reforzando áreas clave de prestación de servicios públicos.
Exclusiones y causas de pérdida de derechos
La resolución también establece la exclusión de determinadas personas aspirantes del proceso de adjudicación. Estas exclusiones se producen, principalmente, por no haber presentado la documentación requerida dentro del plazo establecido, por no acreditar la titulación exigida en la convocatoria o por no cumplir los requisitos de antigüedad y experiencia necesarios en los casos de promoción interna. Igualmente, se dejan sin efecto actuaciones respecto a personas que no cumplen la condición de personal laboral fijo o no han acreditado la prestación de servicios efectivos en la Administración.
Estas decisiones se adoptan en aplicación estricta de las bases de la convocatoria y del marco normativo vigente, con el objetivo de garantizar la legalidad y la igualdad de oportunidades entre todas las personas participantes en el proceso selectivo.
Formalización de contratos y recursos administrativos
La formalización de los contratos de trabajo deberá realizarse por el órgano competente en el plazo máximo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la resolución en la página web del Ministerio del Interior. No obstante, aquellas personas que ya tengan un contrato como personal laboral fijo en el mismo grupo profesional y especialidad quedarán excluidas de la adjudicación, conforme a lo previsto en las bases de la convocatoria.
En caso de renuncia, incumplimiento de requisitos o no formalización del contrato en plazo, se recurrirá a la siguiente persona candidata que haya superado el proceso selectivo sin haber obtenido plaza. Finalmente, la resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse los recursos previstos en la Ley 39/2015 o demanda ante los Juzgados de lo Social de Madrid, según corresponda.
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